Nueva Resolución N° 66/2026 de la Senaclaft
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Las recientes modificaciones a la Ley Nº 19.574 incorporaron a los Fiduciarios no Financieros y a los Prestadores de Servicios de Administración, Contabilidad o Procesamiento de Datos como nuevos sujetos obligados no financieros bajo la supervisión de la SENACLAFT.
Como consecuencia, estos sujetos obligados deben cumplir con las obligaciones previstas por la normativa, entre ellas la inscripción en el Registro de la SENACLAFT y la constitución de domicilio electrónico (DomEl).
A efectos de facilitar la adecuación de estos nuevos sujetos obligados, la SENACLAFT dictó la Resolución Nº 66/2026, mediante la cual otorgó plazo hasta el 31 de agosto de 2026 para completar el registro y constituir el DomEl. Ambos trámites se realizan de mediante trámite en línea.
Es importante tener presente este vencimiento, ya que la falta de inscripción o de constitución del DomEl podrá ser sancionada por la SENACLAFT en el marco de sus tareas de supervisión.
La Resolución se encuentra en el sitio web de la SENACLAFT, la cual pueden acceder mediante el siguiente link: https://www.gub.uy/secretaria-nacional-lucha-contra-lavado-activos-financiamiento-terrorismo/comunicacion/noticias/plazo-para-prestadores-fiduciarios-inscripcion-senaclaft